Colegiaturas - Estimulo fiscal a personaas fisicas
Página 1 de 5 123 ... ÚltimoÚltimo
Resultados 1 al 10 de 46

Tema: Colegiaturas - Estimulo fiscal a personaas fisicas

  1. #1
    El Erre
    Guest

    Colegiaturas - Estimulo fiscal a personaas fisicas

    No he encontrafdo esta noticia por aqui asi que se las dejo para que se enteren, y me parece que es algo bueno, medio miserable debido a las cantidades posibles a deducir pero algo es algo, hace poco se lanzo el decreto de que se iban a poder hacer deducibles los pagos de colegiaturas de nivel a media superior de escuelas privadas, para el dia de hoy ya esta el decreto en el DOF asi que ya las pueden meter...

    Aqui les dejo el decreto
    DECRETO
    ARTÍCULO PRIMERO.- Se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas residentes en el país que
    obtengan ingresos de los establecidos en el Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, consistente en
    disminuir del resultado obtenido conforme a la primera oración del primer párrafo del artículo 177 de la Ley del
    Impuesto sobre la Renta, la cantidad que corresponda conforme al artículo tercero del presente Decreto, por
    los pagos por servicios de enseñanza correspondientes a los tipos de educación básico y medio superior a
    que se refiere la Ley General de Educación, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para
    la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o sus descendientes en línea recta,
    siempre que el cónyuge, concubino, ascendiente o descendiente de que se trate no perciba durante el año de
    calendario ingreso en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área
    geográfica del contribuyente elevado al año y se cumpla con lo siguiente:
    I. Que los pagos se realicen a instituciones educativas privadas que tengan autorización o
    reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación, y
    II. Que los pagos sean para cubrir únicamente los servicios correspondientes a la enseñanza del
    alumno, de acuerdo con los programas y planes de estudio que en los términos de la Ley General de
    Educación se hubiera autorizado para el nivel educativo de que se trate.
    El estímulo a que se refiere el presente Decreto no será aplicable a los pagos:
    a) Que no se destinen directamente a cubrir el costo de la educación del alumno, y
    b) Correspondientes a cuotas de inscripción o reinscripción.
    Para los efectos de esta fracción, las instituciones educativas deberán separar en el comprobante
    fiscal el monto que corresponda por concepto de enseñanza del alumno.
    Tampoco será aplicable el estímulo a que se refiere el presente Decreto cuando las personas
    mencionadas en el primer párrafo de este artículo reciban becas o cualquier otro apoyo económico
    público para pagar los servicios de enseñanza, hasta por el monto que cubran dichas becas o apoyos.
    Para los efectos de lo dispuesto en este Decreto, los adoptados se consideran como descendientes en
    línea recta del adoptante y de los ascendientes de éste.
    ARTÍCULO SEGUNDO.- Los pagos a que se refiere el artículo primero del presente Decreto deberán
    realizarse mediante cheque nominativo del contribuyente, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o
    casas de bolsa o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios.
    Para la aplicación del estímulo a que se refiere este Decreto se deberá comprobar, mediante
    documentación que reúna requisitos fiscales, que las cantidades correspondientes fueron efectivamente
    pagadas en el año de calendario de que se trate a instituciones educativas residentes en el país. Si el
    contribuyente recupera parte de dichas cantidades, el estímulo únicamente será aplicable por la diferencia no
    recuperada.
    ARTÍCULO TERCERO.- La cantidad que se podrá disminuir en los términos del artículo primero del
    presente Decreto no excederá, por cada una de las personas a que se refiere el citado artículo, de los límites
    anuales de deducción que para cada nivel educativo corresponda, conforme a la siguiente tabla:
    Nivel educativo Límite anual de deducción
    Preescolar $14,200.00
    Primaria $12,900.00
    Secundaria $19,900.00
    Profesional técnico $17,100.00
    Bachillerato o su equivalente $24,500.00
    ARTÍCULO CUARTO.- El Servicio de Administración Tributaria podrá expedir las disposiciones de
    carácter general que sean necesarias para la correcta y debida aplicación del presente Decreto.
    TRANSITORIOS
    PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
    de la Federación.
    SEGUNDO.- Lo dispuesto en el presente Decreto se aplicará a los pagos a que se refiere el artículo
    primero de este instrumento que correspondan a los servicios a que el mismo se refiere, proporcionados a
    partir del 1 de enero de 2011.
    Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a los catorce días de febrero
    de dos mil once.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito
    Público,
    Los topes de la deduccion son los siguientes:

    Nivel educativo--------------- Límite anual de deducción
    Preescolar -------------------- $14,200.00
    Primaria ---------------------- $12,900.00
    Secundaria ------------------- $19,900.00
    Profesional técnico ---------- $17,100.00
    Bachillerato o equivalente --- $24,500.00

  2. #2
    Silver Membership
    Fecha de ingreso
    12 sep, 06
    Ubicación
    Interport.centenario
    Mensajes
    6,260
    Poder de reputación
    63
    la verdad si es super poquito,
    pero de algo a nada...

  3. #3
    Administrator
    Fecha de ingreso
    24 abr, 04
    Ubicación
    Australia
    Mensajes
    4,147
    Poder de reputación
    100
    25 mil al anio?

    Cuanto cuesta el semestre en el Tec ahorita?

  4. #4
    Silver Membership
    Fecha de ingreso
    12 sep, 06
    Ubicación
    Interport.centenario
    Mensajes
    6,260
    Poder de reputación
    63
    el cuatri en la uvm anda sobre los 16 para una licenciatura ejecutiva.

  5. #5
    El Erre
    Guest
    Cita Iniciado por CrEsT Ver mensaje
    25 mil al anio?

    Cuanto cuesta el semestre en el Tec ahorita?
    como unos 60-80

  6. #6
    El Erre
    Guest
    Cita Iniciado por wuatzuki Ver mensaje
    el cuatri en la uvm anda sobre los 16 para una licenciatura ejecutiva.
    pero las licenciaturas no son deducibles... es hasta nivel medio superior...

  7. #7
    Bronze membership
    Fecha de ingreso
    17 dic, 08
    Mensajes
    834
    Poder de reputación
    17
    es una mamada!!!!!
    que pobre deduce impuestos??????? que digo pobre, clase media, no digo no haya quen lo haga pero son muy pocos

    esto solo "sirve" para que los ricos deduscan un poco y ya. esto solo fue para que un wey se pare el culo. pero bueno, de eso a nada

  8. #8
    Bronze membership
    Fecha de ingreso
    26 feb, 08
    Ubicación
    spain
    Mensajes
    4,378
    Poder de reputación
    28
    Cita Iniciado por blackstar Ver mensaje
    es una mamada!!!!!
    que pobre deduce impuestos??????? que digo pobre, clase media, no digo no haya quen lo haga pero son muy pocos

    esto solo "sirve" para que los ricos deduscan un poco y ya. esto solo fue para que un wey se pare el culo. pero bueno, de eso a nada
    a huevo se la mamaron los hijos de la chingada del gobierno,ademas las escuelas te dan facturas por concepto de capacitacion estamos de la verch

  9. #9
    JorgeXchangE
    Guest
    Yo pago 5000 varos de colegiatura de mi hija que va en 3ro de primaria, a mi me cayo de perlas, es la primera cosa bien que hace l pendejo alcoholico ese.

  10. #10
    Banned
    Fecha de ingreso
    24 feb, 09
    Ubicación
    Izcallifornia
    Mensajes
    13,163
    Poder de reputación
    0
    Cita Iniciado por JuniorExchange Ver mensaje
    Yo pago 5000 varos de colegiatura de mi hija que va en 3ro de primaria, a mi me cayo de perlas, es la primera cosa bien que hace l pendejo alcoholico ese.
    Jajajaja mamaste con lo de alcoholico. Pinches chaparros pendejos no valen verga! Sin agraviar al jr y al plati. bueno al plati si jaja

Página 1 de 5 123 ... ÚltimoÚltimo

Temas similares

  1. Mi placa no aparece en el padron fiscal
    Por andresgomez07 en el foro Interés automotriz
    Respuestas: 11
    Último mensaje: 11/07/2013, 10:48
  2. ..:: Arraigan a Fiscal de la SIEDO::..
    Por SKOALV en el foro OFF-Topic
    Respuestas: 33
    Último mensaje: 04/10/2011, 22:00
  3. Respuestas: 7
    Último mensaje: 28/09/2009, 12:10
  4. ·$$$$**AYUDA con derecho fiscal**$$$$
    Por Pasharossi en el foro OFF-Topic
    Respuestas: 14
    Último mensaje: 21/03/2009, 10:33
  5. !!!que pedote me sacaron los de la fiscal!!!!!
    Por John.R.G. en el foro Historias de Poder
    Respuestas: 12
    Último mensaje: 26/01/2005, 13:47

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •